En consecuencia por lo anteriormente señalado este Tribunal de Control No 03 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: PRIMERO: Se califica como flagrante la aprehensión del imputados CARLOS DANIEL CASTILLO, venezolano, mayor de edad, de 20 años de edad, nacido el día 21-03-84, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad N° V-17.944.143, residenciado en el Sector Brisas de la Rivereña, casa N° 3, Mijagua III, cerca del saque de arena de Barinas del Estado Barinas, hijo de Damacia Gregoria Mogolon y DEIBIS RAMÓN ROAS ESCALONA, venezolano, mayor de edad, de 20 años de edad, nacido el día 21-03-84, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad N° V-17.277.075, residenciado en el Sector Brisas de la Rivereña, casa N° 3, Mijagua III, cerca del saque de arena de Barinas del Estado Barinas, por la presunta comisión del delito de Porte Ilícito de Arma d.....