Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos PEDRO MARIA CAMACHO VALERO y NEIDA JOSEFINA RODRIGUEZ, ya identificados y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron el día 31 de agosto de 1.985, por ante la Prefectura de la Parroquia Cojedes, del Municipio Anzoátegui, del estado Cojedes, según se evidencia del acta de matrimonio N° 11, que en copia certificada fue traída a los autos.
Publíquese y Regístrese.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil y Tránsito, de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en Barinas a los veinticuatro días del mes de marzo del año dos mil .....