En orden a los hechos narrados y con fundamento en las motivaciones que preceden y de las disposiciones legales citadas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BARINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS., administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION, incoado por el ciudadano LENIN LAMAR PEREZ BORJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 12.239.282, debidamente asistido por la abogada en ejercicio DORANGE FRINE MUJICA MILANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 45.566, en contra del ciudadano PAULO GUSTAVO CONDE MONASTERIO, extranjero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-80.411.764.
SEGUNDO: Se Condena a la parte actora perdidosa a pagar las costas a la parte demandada, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 274 del Código de Procedimient.....