Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la Apelación interpuesta por el ciudadano Giuseppe Vito Mendola Messina, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.389.755, asistido por el Abogado en ejercicio Otoniel Américo Graterol González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.003; contra la decisión dictada por el Juzgado Primero del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 16 de Junio de 2.006, la cual, declaró sin lugar la acción de desalojo.
SEGUNDO: Declara CON LUGAR la demanda de Desalojo, intentada por el ciudadano Giuseppe Vito Mendola Messina, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.38.....