este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 807, 808, 822 y 824 del Código Civil Venezolano, en concordancia con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, DECLARA como Únicos y Universales Herederos de la de-cujus ANA JOSEFA CADENAS DE BECERRA, quien fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.V-4.257.183, domiciliada en el sector "Limoncito", calle 24, casa Nº5-26,de la Parroquia Barinitas, del Municipio Bolívar del Estado Barinas, fallecida ab-intestato en fecha 27 de abril del año 2016 a consecuencia de: PARO CARDIO RESPIRATORIO, ENCEFALOPATIA HEPATICA, CANCER PANCREATICO METASTASICO, a los ciudadanos: MAXIMO ANTONIO BECERRA, LISBETH DEL VALLE SANCHEZ DE DELGADO, YULEIMA JOSEFINA CADENAS, YAM.....