Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 185-A DEL CODIGO CIVIL, interpuesta por los ciudadanos IRIANA NOELY REYES CARDOZO y DERWIN EUGENIO PIRONA ROJAS, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre si, titulares de las cédulas de Identidad Nº V-19.695.218 Y V-18.293.208, respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia.
• DISUELTO el vínculo matrimonial que en fecha treinta y uno (31) de enero de DOS MIL NEVE (2009), ante el Jefe Civil y Secretaria, respectivamente en la parroquia Cristo Aranza, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, bajo el Nº 20, que contrajeron los ciudadanos antes mencionados. .....