Decisiones del dia 29/09/2004
N° Expediente :
EP01-P-2004-130
N° Sentencia :
Fecha: 29/09/2004
Procedimiento: Auto De Ejecución
Partes: FISCAL 12 DEL MINISTERIO PÚBLICO; DEFENSA: ABOG. MIREYA DEL CARMEN TAQUIVA; PENADO: WILMER MARQUEZ GUIZA; VÍCTIMA: EL ESTADO VENEZOLANO
Resumen:
El penado: WILMER MARQUEZ GUIZA, estuvo Privado de Libertad desde el día: 18/02/04 hasta el día 20/02/04, permaneciendo detenido durante DOS (02) DIAS, faltándole por cumplir la pena de: UN (01) AÑO, ONCE (11) MESES Y VEINTIOCHO (28) DÍAS DE LA PENA IMPUESTA, evidenciándose de las Actas que el mismo no se encuentra detenido, en consecuencia se notifica a los Fiscales de Derechos Fundamentales y Ejecución de Sentencia, Adscritos a la Fiscalía Décima Segunda del Ministerio Público de este Estado de la presente decisión, al penado y a su Defensor, para que en un plazo de treinta (30) días contados a partir de la fecha de la notificación, solicite el Beneficio correspondiente por ante este Tribunal de Ejecución y en el caso de no hacerlo se ordenará la captura de los mencionados penados y reclusión en el Internado Judicial de Barinas.
Juez/Ponente:
Ana Maria Labriola
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
N° Expediente :
19.871-00
N° Sentencia :
567
Fecha: 29/09/2004
Procedimiento: Cobro De Bolivares (Via Intimacion)
Partes: MARIA AUXILIADORA ROPERO MEDINA CONTRA YAKELINE MALU COLMENARES DE AREVALO Y JOSE ATILIO AREVALO
Resumen:
D E C I S I O N
En consecuencia de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Declara Extinguida la Instancia por haber operado la Perención a tenor de lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en la Acción de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION, ejercida por la ciudadana MARIA AUXILIADORA ROPERO MEDINA, en contra de los ciudadanos: YAKELINE MALU COLMENARES y JOSE ATILIO AREVALO, anteriormente identificados en autos. Así se decide.
Se ordena notificar a las partes a través de Cartel de notificación que se fijará en la cartelera de este Tribunal de conformidad con el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, concediéndosele el lapso de cinco (5) días, a partir de su publicación para que realicen los alegatos pertinentes y que trascurrido dicho lapso se archiva.....
Juez/Ponente:
Lidia Yasmin Mantilla Bonilla
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil