declara como únicos y universales herederos del de-cujus Lucindo Moreno Gómez, a la solicitante ciudadana Ángela de la Cruz Gómez Vivas, ya identificada, y a los ciudadanos Rodolfo de Jesús, Dilia Marta, Luis Albedro, Yadelsy, Dany Lisbeth y Yeisi Nahir Moreno Gómez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 16.946.054, 17.283.120, 17.283.118, 19.129.814, 25.077.678 y 24.807.956, en su orden. Se dejan a salvo los derechos de terceros.