En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Primero Superior del Trabajo tanto del Nuevo Régimen Procesal como del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACION interpuesto contra la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en sentencia de fecha 03 de mayo de 2.005.
SEGUNDO: CONFIRMA, la decisión proferida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en sentencia de fecha 03 de mayo de 2.005.
TERCERO: Se ordena remitir el presente expediente al Tribunal de origen, a los fines de su archivo definitivo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada
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