En consecuencia por lo anteriormente señalado este Tribunal de Control N° 06 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: PRIMERO: Por considerar que están llenos los requisitos del Articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, decreta la Aprehensión como Flagrante del Imputado TULIO ENRIQUE GARCIA VERA, venezolano, natural de Mucuchies, Estado Mérida, nacido en fecha 27/11/1966, de 42 años, estado civil soltero, ocupación u oficio comerciante, Titular de la cédula de identidad Nº 9.476.524, hijo de los ciudadanos Maria Elena Vera (V) y Placido García (F) residenciado en Barinitas, Moromoy 3, Calle 3, Casa S/N, a la final de la Manga de Coleo, teléfono 0416-3783090, Barinitas, Municipio Bolívar de esta ciudad de Barinas del Estado Barinas, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el Artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Dere.....