Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Superior Cuarto Agrario de La Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara Competente para el conocimiento de la presente acción extraordinaria de amparo constitucional.
SEGUNDO: DECLARA INADMISIBLE, la presente Acción de Amparo Constitucional, interpuesto por la Empresa Mercantil Procesadora de Verduras (PROVER C.A.), inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, bajo el N° 15, Tomo 1-A, de fecha 28-01-2002, ubicada en la carretera nacional vía Sabaneta, local s/n, Sector Veguita, Municipio Alberto Arvelo Torrealba, Estado Barinas, representada por el abogado Jesús Ricardo Ramos Reyes, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.856.374, inscrito en el Inpreabogado bajo en Nº 42.131, en contra de la Coordinación Estadal de Contraloría.....