SEGUNDO: Declara INADMISIBLE la presente acción interpuesta por el ciudadano MANUEL ALBERTO RODRIGUEZ MARTEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-15.072.903, actuando en representación del CONSEJO DE CAMPESINOS Y CAMPESINAS, PRODUCTORES Y PRODUCTORAS "13 DE ABRIL (EL OTOÑO)"; protocolizada por ante la Oficina del Registro Público con funciones notariales de los Municipios Obispos y Cruz Paredes del Estado Barinas, de fecha 30 de Marzo del año 2016 anotado bajo el Nº 8, folios 42 al 52, protocolo primero (1º), tomo séptimo, primer trimestre del año dos mil dieciséis; asistido por el abogado Roberto José Pabón, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.031.383 e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 74.567.
TERCERO: Se ordena notificar de la presente decisión a la parte actora, ciudadano MANUEL ALBERTO RODRIGUEZ MARTEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-15.072.903, actuando en representación del .....