En consideración a los razonamientos de hecho y de derecho, precedentemente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la demanda de impugnación de reconocimiento, intentada por la ciudadana Pilar Coromoto Hoyo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.264.401, debidamente asistida por la abogada en ejercicio Mercedes Rivas Rivas, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 11.141, en contra del ciudadano Ramón Antonio Mendoza, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-1.021.306.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se declara INEXISTENTE el reconocimiento que como su hija, realizó el ciudadano Ramón Antonio Mendoza, titular de la cédula de identidad Nº V-1.021.306, en fa.....