Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara INADMISIBLE la demanda de nulidad de venta de bienes de la comunidad conyugal, interpuesta por el ciudadano Eduardo Serrano Hernández, de nacionalidad cubana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-84.497.769, debidamente asistido por el abogado en ejercicio Pedro Alfonso Torres Paredes, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 32.829, en contra de los ciudadanos: Lilia Violeta Vega Contreras, Yajaira Yesenia Padilla Alvarado y Pedro Daniel Romero Rodríguez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad nros. V-3.617.897, V-10.560.081 y V-16.574.165, en su orden.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza d.....