D I S P O S I T I VA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Control Nº 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CALIFICA COMO FLAGRANTE, la Aprehensión de los imputados CLAUDIA EPIFANIA GUERRERO PEREZ dice ser portadora de la cedula de identidad Nº 14.471.937, pintora, de 24 años de edad, nacida en fecha 27-04-1981 en caracas, hija de Otilia Pérez Márquez (V) y de Fidel Guerrero Contreras (V), residenciada en el Barrio Colosal, carrera 13 con calle 6, casa Nº 05-143 Socopo Estado Barinas y PEDRO MANUEL PEREZ TOVAR, dice ser portadora de la cedula de identidad Nº 10.662.425, dice ser venezolano, de 36 años de edad, carpintero, nacido el 17-09-1969 en Caracas, hijo de Rosa Margarita Pérez (V) y de Pedro Miguel Roa (F), residenciada en el Barrio Colosal, carrera 13 con calle 6, casa Nº 05-143 Socopo Estado Barinas, por la presunta comisión del delito.....