D I S P O S I T I V A
En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Revisión (Aumento) de Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana NORIS ZULEIMA ANTOLINEZ MORA, venezolana, mayor de edad, de profesión u oficio: Asistente Contable, titular de la cédula de identidad Nº V.- 13.591.560, domiciliada en el Barrio Obrero, carrera 5, entre calles 14 y 15, casa Nº 14 de la población de Socopó, Municipio Antonio José de Sucre, Estado Barinas; en contra del ciudadano PAUSA JAVIER ACEVEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 12.823.890, de profesión u oficio: Vendedor, quien labora como tal en la Mercería Dary, de la población de Socopó, Municip.....