Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la conversión en divorcio de la presente separación de cuerpos por mutuo consentimiento, formulada por el ciudadano: Manuel Enrique Granados Ramírez, quien al momento de la interposición de la solicitud detentaba nacionalidad colombiana y cédula de residente Nº E-82.016.428, siendo hoy en día, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-23.013.493, y la ciudadana: Miriam Arias Niño, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.875.963, y en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que ambos contrajeron el día 19 de diciembre de 1.984, por ante la Prefectura del Municipio Ticoporo del Distrito Pedraza, estado Barinas, según se evidencia del a.....