En consecuencia por lo anteriormente señalado este Tribunal de Control N° 06 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: Primero: Como flagrante la aprehensión de los imputados CARLOS MANUEL BARRUETA, Venezolano, de Estado Civil Soltero, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad personal Nº V.-20.865.617, natural de Barinas Estado Barinas, fecha de nacimiento 28-08-1990, de profesión u oficio estudio y trabaja obrero, hijo de Aide Barrueta (v) y de Pedro Castro Valero (v), residenciado en Armadillo, Calle principal, Frente a la Caja de Agua, Municipio Obispo, Casa de color azul, del Estado Barinas y MANUEL ANTONIO GUTIERREZ ACOSTA, Venezolano, de Estado Civil Soltero, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad personal N° V.-20.601.761, natural de Barinas Estado Barinas, fecha de nacimiento 28-02-1988, de profesión u oficio Obrero, hijo de .....