D I S P O S I T I V A
En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia actuando en función de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, C O N D E N A: al acusado JESÚS DARIO MORA CONTRERAS, venezolano, de 32 años de edad, natural de Socopó Estado Barinas, nacido el 19/07/1977, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.213.389, grado de instrucción 6° grado, ocupación obrero, estado civil soltero, residenciado en el Centro de Rehabilitación Fundación Casa Refugio Tsidkenu, ubicado en el Barrio Colinas de Sucre, carretera Nacional Barinas San Cristóbal, Socopo Estado Barinas, teléfono: 0426-3701118 y/o 0273-9903854; A CUMPLIR LA PENA DE TRES (3) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 Ord. 3° y 6° del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Dixis Damaris Tarazona. Se amplia el régimen de pres.....