AUTO DE APERTURA A JUICIO.
Por todo lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le confiere Y con fundamento en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA EL AUTO DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO, contra los acusados JOSÉ GREGORIO CAMACHO, venezolano, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-17.291.471, no porta, residenciado en el Barrio San Rafael, calle principal al final frente al porta N° 79 casa S/N, de la población de Barinitas, de ocupación Panadero, y Agricultor, hijo de María Camacho, (V), JASOBEAM JOSÉ CARRILLO, venezolano de 24 de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.663.957 no porta, residenciado en Barrio San Rafael, casa S/N, de la población de Barinitas, de ocupación ganadero, hijo de María Jacint.....