la aplicación de la SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO al acusado Alonso del Rosario Valero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 15.394.519, de 27 años de edad, natural de Libertad de Barinas, fecha de nacimiento 05-04-1977, ocupación obrero, residenciado en el Barrio El Chorro, calle Vista Alegre, Poste 22, casa N° 3-27, por la comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre Violencia contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de la ciudadana Geysys Johirib Valero, medida ésta la cual tendrá un régimen de prueba de un (01) año, con el cumplimiento de las condiciones ya plenamente establecidas. Así se decide. Líbrese oficio correspondiente.