en consecuencia DECLARA UNICOS y UNIVERSALES
HEREDEROS, de la difunta CLARA MARLENE MENDOZA DE RIVAS, C.I W´V-4,961.481;a
sus hijos ELVIMAR GREGORIORIVAS MENDOZA (mayor de edad) SE OMITE (adolescente) de 15 años de edad; DEJANDOSE¿ N´ SALvo
EVENTUALES DERECHOS DE TERCEROS. Devuélvase original con´ sUS:´T,esulta,s a los
solicitantes, Anótese su salida en los libros respectivos. Diarícese y Cúmplase, ,SjgJE;h
firmas ilegibles de la Jueza Primera de Primera Instancia de Su:sta´ncia9ión: y
Mediación Abog. Yolanda F. Guerrero y de la Secretaria. En la rnismafecha.se
libraron las copias certificadas de Ley. Conste: la secretara. QUIEN SUSCRJBE:ja
Secretaria del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes ´de:esta.
Circunscripción Judicial, CERTIFICO que el anterior traslado es copia fi´el´y exa´Cté;l de
su original, Cursante al Expediente MD11-J-2012-000557, certificaciónque-sehace
de conformidad con el artículo 112 del Código de procedimiento Civil. ...´, "
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