En consecuencia de conformidad con los artículos 396, 398, 399 LOPNNA, SE
ACUERDA COLOCACiÓN PROVISIONAL EN LA ENTIDAD DE ATENCiÓN UNIDAD
DE PROTECCION INTEGRAL "FLORENTINO", de los niños y adolescentes
SE OMITEN . En cumplimiento a lo establecido en el Parágrafo Primero del artículo 457 Ejusdem, notifíquese al Padre biológico ciudadano ADILFO DUQUE HERNANDEZ, venezolano,
mayor de edad, C.I N° V-13.073.945, para lo cual se comisiona al Juzgado del
Municipio Pedraza del estado Barinas, a fin de que comparezca por ante este Tribunal
dentro de la última hora de despacho (02:30 p,m) del 2° día siguiente a la certificación
secretarial de la última notificación practicada a enterarse del día y hora en que tendrá
lugar el inicio de la fase de Sustanciación de la Audiencia preliminar que se fijara
dentro de los plazos fijados en el Parágrafo Primero del artículo 457 Ejusdern,
Ofíciese a la entidad de Atención señalada para que practique evaluación Social,
Psicológica y P.....