Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la oposición formulada por la ciudadana María Consuelo Briceño Carrizo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.716.529, en su carácter de presidente de la sociedad mercantil "Hotel Primavera, C.A.", debidamente asistida por el abogado en ejercicio Reinaldo Araujo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 123.841, contra la demanda de rendición de cuentas incoada en contra de su representada, por los abogados en ejercicio José Gonzalo Rodríguez Rodríguez y Juan Pablo Angarita Orellana, inscritos en el Inpreabogado bajo los nros. 28.079 y 112.094, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano José Luis Suárez Pulido, venezolano,.....