Por todos los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Unipersonal de Primera Instancia en Función de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que la Ley le Confiere, ADMITE LA QUERELLA ACUSATORIA interpuesta por la ciudadana ALEJANDRA ISABEL SERRANO CIORDANINO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 4.926.666, comerciante, domiciliada en la Avenida Cruz Paredes, Residencias Sucre, piso 6, apartamento N° 61, de esta Ciudad de Barinas Estado Barinas y confiere la condición de parte Querellante, asistida por el Abg. Dorange Mujica, inscrito en el Inpreabogados bajo el N° 45.566, contra la ciudadana GEORGINA MARIA FALCI MILDE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 13.278.980, residenciada en la Urbanización Terrazas de Alto Barinas, calle 11, N° 166 de esta Ciudad de Barinas a quien se le confiere la condició.....