DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, en perjuicio de ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con el artículo 318, Ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia DECLARA CON LUGAR, la solicitud hecha por el Abg. NICOLA IAMARTINO en su condición de Fiscal Undécimo del Ministerio Público del Estado Barinas y conforme al artículo 175 Ejusdem, se acuerda notificar a las partes.
Se ordena remitir las presentes actuaciones al Archivo Judicial una vez, quede definitivamente firme la presente decisión y conste en autos la boleta de notificación devueltas.
Regístrese, diaricese y expídanse las copias de Ley.-
Dada, firmada, sellada y refrendada en este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en Barinas a (2.....