PRIMERO: HOMOLOGA EL ACUERDO REPARATORIO celebrado por los imputados ELDA ROMAN RINCON, Colombiana, nacionalizada, no porta de la cedula de identidad manifestó el V- N° 23.160.469, nacido el día 29-05-63 ,casada, de 41 años de edad, natural de de Colombia Bucaramanga, hija de Herminia Román de Rincón (v) y Bernardo Román (v), grado de instrucción Quinto grado de primaria, residenciada en la Cinqueña tres sector las colinas calle El Canal, frente a la Unellez , casa N° 72, Barinas Estado Barinas, de profesión oficio del hogar y el imputado OSWALDO JOSE URBINA ROMAN, venezolano, portador de la Cédula de identidad V- N° 19.881.637, nacido el día 02-02-86, de 18 años, soltero, residenciado en la Cinqueña tres, sector las colinas calle El Canal, frente a la UNELLEZ, casa N° 72, Barinas Estado Barinas, natural de Barinas Estado y la victima ciudadana Mireya Ordóñez, venezolana, mayor de edad, residenciada en la Urb. Linda Barinas, calle Fermín Toro, casa N° 43B, verificando que las pa.....