En consecuencia, por lo anteriormente señalado este Tribunal de Control N° 06 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: Primero: Acuerda la privación preventiva de libertad en contra del imputado EUDO JAVIER ESCALONA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.324.307 (no porta), de 34 años de edad, nacido el 27/07/1975, natural de Barinas de Barinas, de estado civil soltero, ocupación u oficio vigilante, hijo de Melania García Escalona (v) y Antonio Escalona (v), residenciado la Avenida Briceño Méndez, local la casona, ubicado al lado de la cámara de comercio Estado Barinas, 0416- 3358142, por la presunta comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el tráfico Ilícito y Consumo de Sustancia, Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuic.....