Firme como ha quedado la Sentencia dictada por la Corte de Apelaciones, de este Circuito Judicial Penal, en fecha 03 de Abril de 2000, mediante la cual condenó al Acusado: CARLOS OLIVIER CÁRDENAS, Venezolano, nacido en fecha: 23-11-1978, natural de Valle de la Pascua, Estado Guárico, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 15.247.825, obrero, soltero, hijo de Elisa Cárdenas y residenciado en la Calle 00 con 15 y 16, Santa Bárbara, Estado Barinas; a cumplir la pena de: OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO, más la penas accesorias de Ley, por imputarle responsabilidad en la comisión del delito de: ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 460 del Código Penal, en perjuicio del Ciudadano: Emerito Luis Domoromo. EJECÚTESE dicha Sentencia. El Penado: CARLOS OLIVIER CÁRDENAS, fue detenido preventivamente en fecha: 18-08-1997, hasta el día: 09-03-1998, donde se le decreta libertad provisional bajo fianza, por el extinto Juzgado Primero de Prime.....