Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad en nombre de la Ley; DECLARA HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN celebrada por ante este tribunal en fecha 25 de febrero de 2010, por todas las partes intervinientes en el presente juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, intentado por el ciudadano RODOLFO JOSE ARRIECHI MATEUS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V- 17.550.636, debidamente asistido por el abogado ANDRES MICELI MAGGIORANI, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 88.548, en contra de la Empresa Mercantil INTERNACIONAL DE GARANTIAS C. A.
En consecuencia y vista la transacción celebrada en el presente juicio, se ordena el archivo del presente expediente.
Publíquese y Regístrese.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instanc.....