Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio Unipersonal N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir en los términos siguientes: PRIMERO: Admite la acusación fiscal, en su totalidad, por cumplir con los requisitos exigidos en el Art. 326 del Código Orgánico Procesal Penal, SEGUNDO: Condena al acusado JESUS EDUARDO DIAZ HERBNANDEZ, venezolano, de 19 de edad, nacido en fecha 11-07-1986, titular de la cédula de identidad N° 18.424.927, soltero, hijo de Silvestre (v) y Segovia Hernández (v), domiciliado en el barrio Pueblo Nuevo calle 06, con carrera 07, casa N° 6-36, Socopo Estado Barinas a cumplir la pena un (01) año y seis (06) meses de prisión, más las accesorias de Ley correspondientes, por la comisión del delito PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal Venezolano vigente, en perjuicio de.....