PRIMERO: Se declara competente para conocer de la ACCION PETITORIA (RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO), intentada por el ciudadano MAURICIO MENDOZA PEREZ, venezolano, mayor de edad, soltero, agricultor, titular de la cédula de identidad Nº 4.775.751, domiciliado en el Municipio Obispos del Estado Barinas, Parroquia La Luz, sector La Compañía, representado por sus Apoderados Judiciales ADEILA KATIUSKA DE SOUSA HERNANDEZ Y JOSE RAPHAEL DURANTE HERRERA, venezolanos, mayores de edad, Abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 198.481 y 185.447, en contra del ciudadano EDGAR ALEXANDER JIMENEZ DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.947.876, con domicilio procesal en la Urbanización Agustín Codazzi, Calle 9, casa 453, de la ciudad de Barinas, Municipio y Estado Barinas.
SEGUNDO: SE DECLARA IMPROCEDENTE LA HOMOLOGACION DEL CONVENIMIENTO, efectuado en la contestación de demanda de fecha 13 de Octubre de 2014, cursante a los foli.....