En virtud de las razones fácticas y de Derecho expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos, incoada por los ciudadanos: JHOFRY MOISÉS MENDOZA HUERFANO Y ARGELYS LILIMAR GIL COLMENAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V–17.203.899 y V-14.676.702, respectivamente, asistidos por la Abogada en ejercicio, VIOLETA BRICEÑO SANTOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 69.967. En consecuencia, declara disuelto el vinculo matrimonial que los une, el cual contrajeron por ante Registro Civil de la Parroquia Acarigua, Municipio Páez, Estado Portuguesa, en fecha 12/12/2009, tal como se evidencia del acta de matrimonio Nº 828. Queda disuelta de esta mane.....