Por todo lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, actuando en función de Control Unipersonal Nº 6, en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR LA AUTORIDAD QUE LA LEY LE CONFIERE: DECRETA; Califica la Aprehensión del Imputado José Noel Rodríguez quien se identifico como: Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N ° V-12.464.286 ( No Porta), de 36 años de edad, nacido el 17-09-71 , natural de Santa Bárbara de Barinas, de estado civil Soltero, ocupación u oficio, Obrero en el campo, hijo de Ana María Rodríguez (V) y Ángel Alfonso Ramírez (D), residenciado en el Barrio Las Balceras, en la Carrera 0 con la calle 25, cerca de MINFRA, N ° de la casa S/N, de color Rosada , en Santa Bárbara de Barinas, como flagrante por cuanto se cumple con lo preceptuado en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se acuerda la aplicación del Procedimiento Ordinario de conformidad con lo establecido en el artículo 3.....