Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley; DECLARA HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN formulada por las partes, en el presente juicio de Reintegro de Garantía, intentado por la Sociedad de Comercio INDUSTRIAS JARS, C.A.,debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial el Estado Barinas, en fecha 28 de febrero de 2002, bajo el N° 61, Tomo 3-A, en contra de la Empresa AJEVEN, C.A. antigua industrias AÑAÑOS, C.A., mejor conocida en el comercio hoy día como Distribuidora de la bebida gaseosa BIG-COLA O KR. Ya anteriormente identificadas.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los nueve (09) días del mes de febrero de 2009. A.....