En virtud de lo precedentemente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en Sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la acción de amparo constitucional, interpuesta por las abogadas en ejercicio Haydée Dávila Balza y Leix Teresa Lobo, inscritas en el Inpreabogado bajo los nros. 15.676 y 10.882, respectivamente, en su carácter de apoderadas judiciales del ciudadano: Elgar Antonio Santiago, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.089.600, contra la Asociación Civil "Unión Táchira", inicialmente constituida por ante el Primer Circuito del Registro Público del Municipio Libertador del Distrito Federal, en fecha 22 de julio de 1.966, bajo el N° 09, Tomo 08, Protocolo Primero, y modificada, según consta en acta de asamblea extraordinaria, celebrada en la ciudad de Mérida, en fecha 12 de.....