En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Fijación de Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana DIANA CAROLINA GUERRERO, venezolana, mayor de edad, de profesión u oficio: Comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V.- 20.865.006, domiciliada en el Barrio Las Flores, calle 3, carrera 7, casa Nº 6-68 de la población de Socopó, Municipio Antonio José de Sucre, Estado Barinas; en contra del ciudadano ADRIAN ARMANDO VEGA ARCHILA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 17.724.900, de profesión u oficio: Obrero y labora en La Empresa Emalca, ubicada en la troncal 005, frente al cementerio de la población de Socopó, Municipio Antonio Jos.....