DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA AMPLIACIÓN DE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, a favor del acusado JOSÉ LUIS CASTILLO CASTRO, venezolano, natural de la Florida, Estado Táchira, en fecha 09/02/1962, de 43 años de edad, obrero, soltero, Titular de la Cédula de Identidad V-9.205.097, hijo de Pedro Castillo (f) y de Maria Sabina Castro (f), residenciado en la Carretera Nacional, Troncal 5, frente a la Cruz de las Misiones, Batatuy, Municipio Antonio José de Sucre, Estado Barinas,; por la Comisión del Delito de ACTIVIDADES ILICITAS EN AREAS ESPECIALES, previsto y sancionado en el Artículo 58 de la Ley Penal del Ambiente, cometido en perjuicio del Medio Ambiente.
Se fija como Régimen de Prueba el lapso de UN AÑO, plazo en cual el acusado cumplirá con las condiciones impuestas......