En consecuencia de lo anteriormente señalado este Tribunal de Control No 03 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: PRIMERO: Se decreta como FLAGRANTE LA APREHENSION DEL IMPUTADO RAMIRO GONZALEZ HERNANDEZ, imputado RAMIRO GONZALEZ HERNANDEZ, quedó identificado como, nacido el día 11-03-1972, Venezolano, de Estado Civil Soltero, de 37 años de edad, titular de la cédula de identidad personal Nº V.-11.840.267, natural de Socopo Estado Barinas, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Maria Hernández (V) y de Valentin González Hernández (F), residenciado en Socopo barrio corozal casa N°34 carrera 13 con calle 10, de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 31 en su Segunda aparte .....