Penado: ANGEL GAMBOA LEMUS, Colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-13.541.800 (no porta la cedula), de 29 años de edad, natural de den Bucaramanga Santander, estado civil soltero, profesión u oficio Obrero, hijo de Bernardo Gamboa (v) y Maria Nieves Lemus (v), residenciado Finca san Antonio en Barranca Municipio Cruz Paredes , Barinas estado Barinas, a los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, para efectuar el Cómputo de la Pena que ha de ser cumplida, el Tribunal observa:
Acusado: ANGEL GAMBOA LEMUS, ya identificado, a cumplir la pena de: NUEVE (09) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de ley establecidos en el artículo 16 del Código Penal, por los delitos de SECUESTRO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado el artículo 460 en concordancia con el artículo 83 ejusdem, ASOCIACIÓN A DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 6 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada.....