DISPOSITIVA
En consecuencia éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y
Sustanciación Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y
por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA CONVERSiÓN EN DIVORCIO solicitada
por los ciudadanos cónyuges ANGEL ENRIQUE GIL AL TUVE e INDIRA RAQUEL BRICEÑO,
venezolano, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-17.238.621; V-
17.377.079, respectivamente, QUEDANDO DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que los
unía, según Acta N° 51 de fecha 06/11/2008, contraído por ante el Registrador Civil del
Municipio Barinas. .