DISPOSITIVA
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 26 y 49 de la Constitución Nacional, 362 y 887 del Código de Código de Procedimiento Civil, y por los fundamentos de hecho, de derecho y jurisprudenciales antes expuestos, este Juzgado Primero del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por Resolución de Contrato de Arrendamiento, interpuso la parte actora OMAR ARNOLDO PÉREZ REINA, en su condición de apoderado judicial del ciudadano: OMAR DE JESÚS PÉREZ PERDOMO, contra el ciudadano YADER JESÚS RODRÍGUEZ, arriba identificados y como consecuencia de ello, entregue un local comercial, donde están las Instalaciones del taller YAR-MAR, ubicado en el Barrio Coromoto, Callejón El Parque, poste N° 601942, Barinas, Municipio y Estado Barinas, libre de personas y de bienes y en perfecto estado de uso y con.....