DISPOSITIVA
En mérito de la anterior exposición este Juzgado Segundo del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA CONFESIÓN FICTA de la demandada; en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES, intentada por el ciudadano MIRO VERA YINI AIRET, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 17.455.926, asistido por sus Apoderados Judiciales, CARMEN HIDALGO y NELSON RAMON MERCADO HIDALGO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 8.017 y 69.774, respectivamente, según consta en poder otorgado por ante la Notaría Publica Primera de Barinas, en fecha 17-06-2011, quedando inserto bajo el Nº 52 del tomo 123 de los libros de autenticaciones llevados por esa Notaria, contra la EMPRESA MERCANTIL VIRGEN DEL PILAR 2010 C.A, Empresa Mercantil Registrada por ante el Registro mercantil Segundo del Estado Barinas, en fecha 02-09-2010, bajo el N° 15,.....