esta Sala de Juicio Nº 01, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA IMPARTIR SU HOMOLOGACIÓN AL PRESENTE CONVENIMIENTO, en los términos y condiciones establecidos por los progenitores, asistidos por la Defensora Cuarta abog. JUMARY BRICEÑO, de la siguiente forma:... "PRIMERO: El padre aportará mensualmente la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. 400,00) los cuales cancelará semanalmente, es decir, la cantidad de CIEN BOLIVARES FUERTES (Bs. 100,00) cada semana, los cuales entregará directamente a la madre quien le firmará un recibo. SEGUNDO: El padre se compromete adicionalmente a cancelar la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. 400,00) para los gastos de uniformes y útiles escolares, los cuales serán cancelados fraccionadamente, es decir, DOSCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. 200,00) en el mes de.....