Es por todos los razonamientos de hecho y de derecho expuestos que este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, OTORGA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD AL IMPUTADOJOSE ANGEL SAJAJU PEREZ, venezolano, natural de Guasdualito, Municipio Páez, Estado Apure, nacido en fecha 21/03/85, de 22 años de edad, soltero, pintor de brocha gorda, Titular de la Cedula de Identidad N° V-17.690.452, hijo de José Ángel Sajaju (v) y de Doris Pérez (v) y residenciado en la Urbanización Jardines de Alto Barinas, Residencias Carona de la ciudad de Barinas, Municipio Barinas, Estado Barinas, de conformidad con el artículo 256 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, la detención domiciliaria, será cumplida en la residencia UBICADA EN LA urbanización los Próceres, calle José Antonio Páez, N° 64-41 Barinas Estado Barinas; debi.....