se insta al actor a intentar por vía administrativa por mandato del artículo 384, 160 literal E, 170 literal F, 202 literal F LOPNA el pretendido acuerdo alimentario; En cuanto a la primera pretensión relativa a la FIJACIÓN DEL REGIMEN DE VISITAS, por cuanto la misma no es contraria al orden público a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la Ley de conformidad con lo previsto en el artículo 341 del Código de procedimiento Civil. SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, DESELE ENTRADA Y EL CURSO DE LEY CORRESPONDIENTE por el procedimiento sumario señalado en el artículo 387 LOPNA, para ello cítese a la ciudadana ANA JAKELIN SANCHEZ RODRIGUEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.730.158. Practíquense todos los informes técnicos de rigor, para lo cual se comisiona al equipo Multidisciplinario de este Tribunal. Notifíquese a la fiscal del Ministerio Público. Líbrense las boletas respectivas. Diarícese y Cúmplase. En la misma fecha s.....