DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control Tercero del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, Ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal a favor del Ciudadano: LUIS DANIEL PAREDES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 14.433.203, domiciliado en la Urb José Antonio Paéz, sector II, etapa 03, vereda 48, casa N° 05, Barinas, Estado Barinas y en perjuicio del Ciudadano: PEDRO BORJAS PEROSA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.181.518, domiciliado en la Urb José Antonio Paéz, etapa 3, sector 2, calle 10, vereda 89, casa N° 8, Barinas, Estado Barinas. Se Ordena remitir la presente causa al Archivo Judicial una vez que quede definitivame.....