Por las razones de hecho y de derecho antes descritas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara: PRIMERO: Se Admite la aplicación del procedimiento por admisión de los hechos establecido en el Art. 376 segundo aparte del Código Orgánico Procesal Penal, según gaceta oficial extraordinaria N° 5930 de fecha 04 de Septiembre del 2009. SEGUNDO: SE CONDENA a los ciudadanos YSAMARYS DEL VALLE MORALES COLINA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.813.737, de 31 años de edad, 08-10-1978, natural de Barinas, Estado Barinas, de estado civil soltera, ocupación u oficio trabajadora en Lencería, hija de Isabel Colina (V) y Esteban Ramón Morales (F), residenciado en el Barrio El Molino, Calle 07, Casa Nº 5-70, Barinas, Estado Barinas a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, y DENNYS ARMANDO MORALES COLINA, Ve.....