PRIMERO: El Tribunal de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en fecha 12 de Mayo de 2006, dictó Sentencia Condenatoria al Acusado: JOSÉ RAMÓN MACUALO GÓMEZ, ya identificado, a cumplir la pena de: DOS (02) AÑOS, DOCE (12) DÍAS Y DOCE (12) HORAS DE PRISIÓN y las penas accesorias, por la comisión de los delitos de: ROBO FRUSTRADO LESIONES LEVES CALIFICADAS, previstos y sancionados en los Artículos 455, en concordancia con el Artículo 82 y 416, respectivamente, del Código Penal, en perjuicio de la Ciudadana: Edymar González Ruiz.
SEGUNDO: Aplicando el Artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal que establece: "Se descontará de la pena a ejecutar, la privación de libertad que sufrió el penado durante el proceso...", se obtuvo el siguiente resultado: El Penado: JOSÉ RAMÓN MACUALO GÓMEZ, fue detenido preventivamente en fecha: 23-03-2006 hasta el día de hoy: 27-06-2006, ha cumplido en total: TRES (03) MESES Y CUATRO (04) DÍAS de la pena impuesta y.....