En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la Solicitud de obligación de manutención intentada por la ciudadana ORIANA ELOISA ANTONIETA DEL PILAR MARTINEZ ARRAEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.105.581, de ocupación u oficio Licenciada en Educación Integral, domiciliada en la Urbanización Las Flores, calle "A", casa Nro. 09, Parroquia Barinitas, Municipio Bolívar estado Barinas, quien actúa en representación de sus hijas, las Niñas XXXXXXXXX y XXXXXXXXXXX de cuatro (04) y cinco (05) años de edad respectivamente, contra el ciudadano: JESUS ARGENIS QUINTERO SULBARAN, venezolano, mayor de edad, titula.....